2. Los Estados miembros adoptarán las medidas administrativas y judiciales adecuadas para impedir o poner fin a la utilización ilegal de los nombres de los productos o servicios producidos o comercializados en su departamento que estén amparados por indicaciones geográficas registradas al amparo del presente Reglamento. El proceso de logro https://yxzbookmarks.com/story15450269/acerca-de-autorizacion-de-venta-de-bebidas-alcoholicas